Real Provision de los Señores del Real y Supremo Consejo de Castilla librada a pedimento de Dn. Joachin Murga... para que se guarden otras dos insertas en ella en observancia de las leyes del Fuero que prohiben se graven losbienes Rayces... con pago de Deudas, Censos, y otras cosas, haviendo vienes muebles que monten la quinta parte de la Raiz y no los haviendo ante el quinto de los mismos Rayces y no mas, y para que los Conventos de la Merced de Burceña, y Carmelitas descalzos... recivan los capitales de los Aniversarios..
Guardado en:
Número de control: | 86850 Manuscrito |
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Otros Autores: | España. Rey (1759-1788 : Carlos III) |
Idioma: | Español |
Descripción física: |
[56] p. ; cm |
Materia: | |
Acceso electrónico: |
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Ejemplares similares
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Don Phelipe por la Gracia de Dios, Rey de Castilla... A todos los que èsta nuestra Real Provision vieren, ù oyeren, hacemos saber, que por parte de el Licenciado Don Miguel Maria de Nava y Carreño... que nuestra Real Persona haviendo conocido por la Direccion General de la renta de el tabaco los crecidos fraudes, que executàban los Contravandistas, è Introductores de Tabaco en èste nuestro Reyno...cuyos desordenes, y excessos se originàban principalmente de la suavidad, y blandura con que los Contravandistas, y Defraudadores eran castigados por las Leyes de èste dicho nuestro Reyno
Publicación: (1736]) -
Teniendo presente su Magestad, (Dios le guarde) los excessos y abusos, que cometen las personas que andan vagantes por el Reyno con demandas de diferentes Santuarios, los engaños artificiosos y estafas, que practican para recoger limosnas, y las Leyes Reales, Constituciones Apostólicas y Disposiciones Conciliares que las prohíben, por su Real Orden... se ha servido resolver, que las licencias que el Consejo concediere en adelante para pedir limosnas, sean precisamente con limitación al territorio del Obispado adonde estuvieren los Santuarios que las soliciten
Publicación: (1757) -
Hauiéndose presentado el dictamen de los tres assessores de esta Muy Noble y Muy Leal Provincia de Álava en la Junta... Y el thenor de uno, y otro a la letra es el siguiente. M.N. y M. Leal Prouincia de Alaua. Señor. Teniendo presente el piadoso ánimo de V.S. de querer prevenir en lo futuro los graves, y considerabilíssimos perjuicios que se han experimentado en las instancias de aquellos vecinos que solicitan ser admitidos por las Hermandades al estado de Hijos-Dalgo, e igualmente el capítulo de la Entrega voluntaria de V.S. al señor Rey Don Alonso el Onceno, que haviendo pedídole por merced que les diessemos Alcaldes Fijos-Dalgos naturales de Álava, e si alguno se alzare de ellos, que sea alzada para ante los Alcaldes Fijos-Dalgo que fueren de la nuestra Corte, tenemos por bien que los Fijos-Dalgo que fueren de Álava, que hayan Alcalde o Alcaldes Fijos-Dalgo de Álava e que ge los daremos assí, e que hayan el alzada para la nuestra Corte
Publicación: (1758) - Real Cedula de Su Magestad, y Señores del Consejo, en que se contiene la Ordenanza, que generalmente deuera observarse para el modo de Cazar, y Pescar en estos Reynos, con señalamiento de Veda de una, y otra Espezie [Manuscrito]
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Copia sin embargo de que por orden de treinta y uno de agosto de mil setecientos y diez y siete, resolví que todas las aduanas se pusiessen y estableciessen en los puertos de mar de España donde huviesse costas, y en donde no (que es en las fronteras de Portugal y Francia) en la misma frontera... passando a los puertos de Bilbao, San Sebastián y Yrún las que estaban en Orduña, Vitoria y Balmaseda, y correspondientemente las que avía en Agreda y su jurisdicción a las fronteras de Navarra
Publicación: (1722])