En la Real Cédula expedida por el Rey Nuestro (que Dios guarde) en punto de aduanas, su fecha en el Pardo a treinta y vno del mes, y año próximos passados, declara la Real benigna justificación de Su Mag. las libertades, frãquezas, exempciones, con que en virtud de sus Fueros, deben ser tratados el solar, hijos, naturales, vezinos, y moradores deste M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya, mandando entren en Bilbao libres, y sin recargo alguno, todos los géneros, y mercaderías de lícita negociación
Publicación: (1719)