Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, en que se declara que las personas que se hayan ocupado en el contrabando, y no acrediten haberle dexado pasados tres años, no puedan obtener oficios de república

Precede a la port.: Orden de traslado de la Real cédula, fechada en Madrid a 27 de mayo de 1790

Publicación: En Vitoria : por Gregorio Marcos de Robles y Revilla, Impresor ... 1790
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spelling liburuklik-10771-269082014-01-21T16:43:07Zcom_10771_26246Biblioteca del Seminario Diocesano de Vitoria-Gasteizcol_10771_262470010@BIB_SEMINARIO_DIOCESANO_MONOGRAFIAS Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, en que se declara que las personas que se hayan ocupado en el contrabando, y no acrediten haberle dexado pasados tres años, no puedan obtener oficios de república Contrabando -Legislación -S. XVIII Precede a la port.: Orden de traslado de la Real cédula, fechada en Madrid a 27 de mayo de 1790 Copia certificada por Pablo Antonio de Pinedo Sign.: []\p4\s Esc. real xil. en la port. 1790 text http://www.liburuklik.euskadi.eus/handle/10771/26908 http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/deed.es Vitoria-Gasteizko Elizbarrutiko Seminarioko Biblioteka - Biblioteca del Seminario Diocesano de Vitoria-Gasteiz. Uso público del recurso, en enlaces, reproducciones y otros usos citar: Obra original perteneciente a los fondos bibliográficos de la Biblioteca del Seminario Diocesano de Vitoria-Gasteiz En Vitoria : por Gregorio Marcos de Robles y Revilla, Impresor ...
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Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, en que se declara que las personas que se hayan ocupado en el contrabando, y no acrediten haberle dexado pasados tres años, no puedan obtener oficios de república
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